Carlos TizioOMS El 22 de enero se hizo oficial Como nuevo director del Instituto Nacional de Viticultura, dejó sin efecto una resolución de 2020 que obligaba a las bodegas a presentar una muestra de dos botellas en el proceso de certificación analítica de exportación.

Según la ley establecida en noviembre de 2020, de manera transitoria y atenta a la situación sanitaria, “cada certificación analítica de exportación aprobada por el Sistema de Declaración Jurada en Línea, implementado por este Organismo, requerirá la presentación de UNA (1) copia de muestras compuesta por DOS ( 2) botellas de SETECIENTOS MILILITROS (700 ml) a NOVECIENTOS TREINTA MILILITROS (930 ml) cada una o su equivalente en volumen si son envases de menor capacidad, según número de Análisis de Aptitud para la Exportación, acompañadas de DOS (2) ejemplares del correspondiente certificado analítico.”

Tres años y tres meses después, terminada la pandemia, el nuevo director resolvió que las certificaciones se tramitarán sin presentación de muestras.

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“A partir de la emisión del presente documento, cada certificación analítica de exportación aprobada por el Sistema de Declaración Jurada en Línea, implementado por este Organismo, será tramitada sin presentación de muestras”, señala el documento publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Nación.

Sin embargo, la resolución explica que cuando la certificación analítica de exportación requiera dictamen de la Comisión de Cata del INV, se deberá presentar una muestra de dos botellas de entre 700 ml. y 930 ml. En la antigua normativa se debía presentar una muestra adicional cuando la Comisión lo requería.

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