Este martes, la oposición asestó un sorpresivo golpe al lobby empresarial al aprobar la incorporación de un artículo al Ley Base que permitir el Compañía tabacalera Sarand volver a pagar el mismo monto del impuesto interno mínimo sobre los cigarrillos que pagan sus competidores en la industria.
De este modo, la tabacalera Sarand, que domina el 33% del mercado y que se benefició de ofrecer cigarrillos a un precio más bajo gracias a las ventajas fiscales de las que disfrutaba, reembolsar la cuota del 73% de los impuestos mínimos internos al tabaco (actualmente paga el 70%), en caso de que el Senado confirme estos cambios. Si esto se confirma, repercutirá directamente en los precios de los paquetes de cigarrillos.
El resultado fue muy ajustado: 82 votos afirmativos, 77 votos negativos, 69 abstenciones. Sin embargo, bastó con aplicar este cambio en los artículos.
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“Para la venta de Cigarrillos Electrónicos, Vapers y demás dispositivos debidamente autorizados para su comercialización, que administren nicotina sin tabaco, así como sus cartuchos y líquidos, recargables o no, se pagará la tarifa del veinte por ciento (20%) sobre la base imposible”, afirma.
Pablo Otero, dueño de la fábrica de tabaco, tiene desde hace algunos años la ventaja de no cumplir con la obligación tributaria; sus productos salen al mercado mucho más baratos.
Además, la tabacalera también comercializa otros productos como insumos de montaje: papeles, filtros, tubos. También tabaco de marca y encendedores. Si lo aprueba el Senado, también sufrirán aumentos.
Los precios son bastante diferentes a los de otras marcas y puedes ver la diferencia en la tabla. De continuar con esta medida, los precios deberán modificarse.
El informe presentado por Tabacalera Sarand
La Ley 27.430, que estableció el impuesto mínimo a los cigarrillos actualmente vigente -que tiene como objetivo incrementar exponencialmente el precio de los cigarrillos económicos fabricados por las PYMES (parte minoritaria del mercado tabacalero), impidiéndoles así competir en precio con los cigarrillos fabricados por -las grandes empresas multinacionales que lideran el mercado-, simultáneamente redujo la tasa ad valorem del impuesto interno a los cigarrillos del 75% al 70%, que quedaría reservada a las grandes empresas multinacionales ya que venden en su mayoría cigarrillos premium (la mayor parte del mercado tabacalero ) a los que no se les aplica el impuesto mínimo.
La imposibilidad de competir en precio con las grandes tabacaleras constituye el fundamento de la demanda de inconstitucionalidad del impuesto mínimo formulada por Tabacalera Sarand y otras pymes tabacaleras y que fue aceptada por las dos instancias judiciales ordinarias.
La mayor pérdida en la recaudación del Estado Nacional, en lo que respecta al impuesto interno a los cigarrillos, se explica por la reducción de la cuota ad valorem -que pasó del 75% al 70% del precio de los cigarrillos-, lo que implicó un trasvase monumental. de recursos por parte del Estado Nacional a favor de empresas multinacionales que concentraban más del 90% del mercado, y no por el impago del impuesto mínimo por parte de las Pymes tabacaleras.
No es cierto que Tabacalera Sarand eluda ningún impuesto a los cigarrillos. Tabacalera Sarand paga impuestos internos en las mismas condiciones que todas las pymes tabacaleras (pago del impuesto ad valorem, es decir, aplicando la tasa del 70% sobre el precio de los cigarrillos reportado por los fabricantes). El impago del impuesto mínimo se fundamenta en las sentencias dictadas por el Poder Judicial que lo han declarado inconstitucional, por lo que Tabacalera Sarand no tiene obligación legal de pagar dicho impuesto. En consecuencia, si no existe obligación de pagar, no se puede hablar de evasión.
Ninguna PYME tabacalera paga el impuesto mínimo vigente, ya sea porque la mayoría ha obtenido alguna medida judicial que las exime de dicho pago o porque de hecho, a pesar de no contar con medidas judiciales, el pago de dicho impuesto implicaría ni más ni menos que la desaparición de la empresa. En consecuencia, Tabacalera Sarand no fue ni es la única empresa tabacalera que no paga el impuesto mínimo.
Tabacalera Sarand no le debe ni un centavo a la AFIP hasta la fecha. No hay deuda determinada por la AFIP ni mucho menos que sea pagadera por la sencilla razón -y esto es un hecho que no debe ser ignorado por los medios de prensa que se consideran respetuosos de las instituciones de la República y del Estado de Derecho- que el impuesto mínimo ha sido declarado inconstitucional por el Poder Judicial, en el caso de Tabacalera Sarand con amplios y contundentes argumentos constitucionales de indudable interés periodístico y trascendencia para la comunidad.
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