El Gobierno Nacional emitió el Decreto de Necesidad y Urgencia 731/2024, que establece nuevas disposiciones sobre la recepción de propinas a través de medios electrónicos.

El nuevo sistemaeso no reemplaza la capacidad de dar propina en efectivosí requiere que las empresas y establecimientos del sector gastronómico, hotelero y afines habiliten medios para que los consumidores puedan sacar dinero de una billetera digital.

El decreto aclara que las propinas no forman parte de la remuneración del trabajadorpor lo que no podrán utilizarse como base para ajustar salarios ni estarán sujetos a retenciones. Asimismo, no podrán cobrar por este concepto las entidades que administren tarjetas de débito, crédito, compra y similares, ni las entidades financieras y el resto de instituciones que formen parte del sistema de pagos.

En esa línea, se estableció que las entidades “deberán brindar a sus clientes la opción de recibir el pago con una propina que permita al consumidor agregar a la cuenta un monto y/o un porcentaje destinado a la gratificación del servicio, no poder cobrar una tarifa adicional por proporcionar esta instalación.”

Con la nueva normativa, los comercios deberán ofrecer la opción de otorgar propinas a través de medios electrónicos, adaptándose así al creciente uso del dinero digital en el país. Además, se estipula que las empresas deberán transferir las propinas recibidas a los trabajadores dentro de las 24 horas siguientes, sin aplicar descuentos.

En este sentido, se determinó que los establecimientos deberán disponer de una cuenta de uso exclusivo de los empleados, donde se puedan acreditar las propinas y la cual deberá cumplir con el requisito de interoperabilidad.

Asimismo, las transferencias pueden realizarse bajo dos modalidades, ya que el monto puede destinarse directamente a cada empleado que recibió la propina o, por el contrario, a la cuenta recaudadora especial que establece el establecimiento para este fin exclusivo, para lo cual posteriormente se divide entre el personal.

Al respecto, el reglamento especificaba que “los trabajadores podrán repartir propinas entre sí, de común acuerdo, sin la intervención del empleador.”

El Banco Central y el Ministerio de Economía serán responsables de supervisar el cumplimiento y emitir las normas complementarias necesarias para la correcta implementación de esta medida, la cual entrará en vigor 90 días después de su publicación en el Diario Oficial.

El Ejecutivo explicó que la iniciativa está “dirigida a satisfacer la urgente necesidad de modernizar y simplificar los pagos”teniendo en cuenta que “en los últimos años el uso del dinero digital se ha expandido significativamente en la República Argentina, representando el efectivo, en los últimos meses, sólo entre una cuarta parte (1/4) y una quinta (1/4). 5) parte de la suma del dinero total.”

Leave a Reply

Your email address will not be published. Required fields are marked *