El gobierno nacional enBilit Nuevos aumentos para las compañías de portadores de gases electricales y naturalesque se reflejará en los servicios de luz y gas y esto afectará directamente los valores.
Este lunes, la resolución 621/2025 se publica en la bala oficial de la nacina, que aprueba un aumento mensual de los cuatrocientos cuarenta y el seno (4,546%) para aplicarse a los valores programados de los equipos regulados de los distribuidos mensuales establecidos en el Artículo 2 de la resolución ENRE N 308/2025, de cero horas (00:00 H).
Además, desde las Enargas se aprueba una nueva tabla arancelaria para el servicio de distribución de gas natural, con nuevos valores de referencia para los usuarios del distribuidor de gas Cuyana SA, el operador a cargo del servicio en Mendoza, San Luis y San Juan.
La resolución completa del enre
Entidad reguladora nacional de electricidad
Resolución 621/2025
Resol-2025-621-APN-EnreR#MEC
Ciudad de Buenos Aires, 29/08/2025
Archivo visto n EX-2025-8865786-APN-SD#enre, y
En vista de:
Que por decreto No. 55 con fecha del 16 de diciembre de 2023, la aparición del sector energético nacional se declara, en lo que respecta a la generación, segmentos de transporte y distribución de la energía electrical bajo la jurisdicción federal, que fue extendida, sucesivamente por decreto n 1023 con fecha del 19 de noviembre de 2024 y decreto n 370 con fecha del 30 de mayo, 2025, hasta el 9 de julio de 2026.
Eso, también, por decreto n 70 con fecha del 20 de diciembre de 2023, la emergencia pública en económicos, financieros, fiscales, administrativos, de pensiones, tarifas, salud y emergencia social se declara hasta el 31 de diciembre de 2025.
Que, en el marco de emergencias económicas y energéticas declaradas por la señal de las regulaciones y antes de la situación económica recibida el 10 de diciembre de 2023, el Ministro de Energía Ectric Economom.
Que a través de la nota antes mencionada, el Ministro de Economom No-2025-44507112-APN-MEC con fecha del 28 de abril de 2025.
Que, por otro lado, el Secretario de Energía, con nota n No-2025-94599459-APN-SE#MEC con fecha del 27 de agosto de 2025, instruye a la red a la realización efectiva de las disposiciones de la nota n No-2025-94587758-APN-MEC.
Que el enre, por medio de la resolución n 308 con fecha del 30 de abril de 2025, parcialmente rectificada por la resolución del 386 con fecha del 29 de mayo de 2025 y la resolución en 588 con fecha del 20 de agosto de 2025, entre otras cosas, se estableció: a) Aprovechar los programas para aplicarse al equipo regulado de la compañía de transporte de energía elctric mediante la distribución de el Célcica. Annima (Distrocuyo SA), valores mensuales y el valor promedio de las sanciones mensuales histricas (SP) válidas a partir del 1 de mayo de 2025, contenido en el Anexo II (IF-2025-44406950-APN-Ayeee#enre), que es una parte integral de dicho acto y; b) Aprobar un aumento mensual de los cuatrocientos quinientos cuarenta por ciento (4,546%) que se aplicarán a los horarios del equipo regulado de DistroCuyo s y los valores mensuales establecidos en el Artículo 2 de la resolución N 308/2025, desde cero horas (00:00 h) del 1 de septiembre de 2025 y en los meses sucesivos hasta el 1 de diciembre de 2025 inclusive.
Que, por otro lado, en el artículo 4 de la resolución en N 308/2025, el mecanismo de actualización de la remuneración y el promedio de las sanciones mensuales históricas de las compañías concesionales del servicio público del transporte de energía energética en alta tensión y por distribución del tronco y de las compañías de transporte independientes están aprobadas.
Que el objetivo del mecanismo de actualización establecido es que el valor de la remuneración y las sanciones percibidas por el transportista se mantiene a lo largo de la tasa de cinco (5) años en términos reales.
Que, para este propósito, es apropiado considerar las variaciones registradas a nivel general de los precios internos mayoristas (IPIM) y al nivel general de los precios al consumidor (IPC), publicadas por el Instituto Nacional de Estadística y Censo (INDEC), que en el mes de julio de 2025 resultó de los dos ocho por ciento de coma (2.85%) y un coma noventa por ciento (1.90%) respectivamente.
Eso, dados los pesos establecidos en la fórmula del mecanismo de actualización, siete por ciento (67%) IPIM y treinta y tres por ciento (33%) CPI, el porcentaje de ajuste de los horarios y los valores mensuales que se aplicarán al equipo regulado del transportador es de dos comas cincuenta y cuatro por ciento (2.54%).
Que las posiciones de transporte (CTN) se establecieron en el contrato de concesión para cada tipo de equipo y tensiones y los valores mensuales que gobernarán a partir del 1 de septiembre de 2025, con una variación de siete comases veinte por ciento (7.20%), resultando de la formación de actualizaciones y el aumento mensual de los cuatro coma quinientos cuarenta y cuarenta por ciento (4,546%), planeado en el artículo de la resolución de la resolución de 588/2025.
Que, también, teniendo en cuenta el mecanismo de actualización descrito anteriormente, se ajusta el promedio de las sanciones mensuales históricas aplicadas al transportista.
Que se emitió la opinión legal requerida por el Artículo 7 Subsección d) Punto (ii) de la Ley de Procedimiento Administrativo Nacional No. 19,549.
Que el enre es competente y el auditor está facultado para el dictado de esta Ley, en virtud de las disposiciones del artículo 161 de la ley n. 27.742, artículos 2, 40 a 49, 55 subsecciones a), d) ys) y 60 fecha 4 de julio de 2025, artículos 4 y 6 de decreto No. 55 fechado el 16 de diciembre de 2023, Artículos 5 y 6 del número 10 de julio. del decreto n 370 con fecha del 30 de mayo de 2025 y los artículos 2, 3 y 4 de la resolución de la Secretaría de Energía (SE) n 330 con fecha del 29 de julio de 2025.
Por lo tanto,
El auditor de la entidad reguladora nacional de electricidad
Resolver:
Artículo 1.- Aprobar los valores de tiempo que se aplicarán al equipo regulado de la Compañía de Transporte de Energía Elctric mediante la distribución del tronco de cuya sociedad Annima (Distrocuyo SA), los valores mensuales y el valor promedio de la resolución de ventas mensual histórica, a partir del 1 de septiembre de 2025.
Artículo 2.- notificar a DistroCuyo SA, a la Asociación de Generadores de Energía Elctric de la República Argentina (AGEERA), a la Asociación de Transportadores de Energía Elctric de la República Argentina (Ateera), a la Asociación de la Asociación de Distribuidores de Energía Elctrica de la República de la República La compañía Elctric Annima (Cammesa), junto con el anexo (IF-2025-93483438-APN-AYEEE#enre).
Artículo 3.- Regístrese, comunique, publique, desea la Dirección Nacional del Registro Oficial y el Archorte.
Nstor Marcelo Lamboglia
Nota: El anexo que se integra/n esta resolución se publican en la edición web de Bora –www.boletinoficial.gob.ar–
Entonces la imagen de la ecogas se deja