El Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) dio un nuevo paso para reducir la carga administrativa para los contribuyentes y las partes responsables, eliminando la obligación de registrar los contratos de alquiler de inmuebles urbanos y rústicos. Esta medida es parte de un proceso continuo de simplificación burocráticacon el objetivo de facilitar la gestión de las obligaciones tributarias a los ciudadanos.

a través del Resolución General 5545/2024La AFIP eliminó la obligación de informar todas las operaciones concertadas entre propietarios e inquilinos en el marco del “Régimen de registro de contratos de arrendamiento de inmuebles (RELI)“. Esta decisión sigue la Decreto de Necesidad y Urgencia N 70/2023que derogó la Ley N° 27.551 sobre Alquileres, liberando así a los contribuyentes de la obligación de registrar dichos contratos ante la agencia.

Sin embargo, la AFIP también presentó nuevas disposiciones para aquellos contribuyentes que deseen acceder a beneficios fiscales en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) y en impuestos como Créditos y Débitos en cuentas bancarias, Bienes Personales y Ganancias, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 27.737. Según la nueva resolución, estos contribuyentes deberán declarar sus contratos de alquiler en el servicio “Registro de Bienes Raíces – RELI” del sitio web de la AFIP, utilizando su clave tributaria, antes del 30 de septiembre de 2024 o dentro de los 15 días. períodos consecutivos posteriores a la firma del contrato, según el caso. Quienes ya tengan registrados sus contratos no necesitarán realizar una nueva declaración, salvo que existan modificaciones o actualizaciones en los mismos.

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En consonancia con esta medida de alivio burocrático, el Resolución General N° 5547/2024 también eliminó la obligación de los empleados en relación de dependencia de adjuntar copia del contrato de alquiler del inmueble destinado a vivienda en el servicio SiRADIG para acceder a las deducciones del 40% y del 10% de las cantidades pagadas en concepto de alquiler, requisito que antes era necesario para beneficiarse de estas deducciones del impuesto sobre la renta.

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