El gobierno de Mendoza confirmó un Multa de $ 300,000 contra Saud srl. Por infracciones al régimen de Lealtad comercial. La medida se formaliza a través de Decreto N 1717 (12/08/2025), que rechaza el sustancial el Recurso jérgico presentado por la firma y ratificar la resolución del Dirección de control agroindustrial, control y tecnología.

El santín se publica en el Bullen oficial del 29 de agosto y se originó en un control donde los inspectores detectaron Diferencias entre los precios exhibidos en Gndola y los cobrados en la caja.

Sauda SRL tiene como nombre de Fantasy Blow Max.

Según la Ley (n 15609), el procedimiento “emula las acciones de un cliente” y evidenció una práctica que viola el derecho de los consumidores.

El gobierno consideró que el hecho está enmarcado en “Publicidad Dropy” (Artículo 11 del Decreto 274/19), que prohíbe cualquier presentación o anuncio de que, debido a inexactitudes u omisiones, induce un error con respecto al precio u otras condiciones de comercialización.

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El argumento oficial

El decreto enfatiza que Los procedimientos trabajados por la autoridad de solicitud son instrumentos públicos con valor probatorio totaly que la compañía tuvo la oportunidad de presentar el alta y la evidencia. Además, registre que La interposición de recursos no suspende la ejecución de la santidad (Artículo 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo).

El fallo también enfatizó que la medida respeta los principios de Tratamiento equitativo y digno al consumidor consagrado en el artículo 42 de la Constitución Nacional.

La compañía debe pagar una multa.

Fino “proporcional y disuasivo”

La cantidad se ratificó bajo los parámetros del Artículo 57 Subsección B del régimen de lealtad comercial, que las sanciones anteriores de $ 506.19 a $ 5,061,900,000 (De acuerdo con la actualización de la unidad MVIL actual). Dentro de este marco, se consideraron los $ 300,000 aplicados a Sauda SRL proporcional a infracción y efecto disuasorio.

La regla lleva la firma del gobernador Alfredo Cornejo y del Ministro de Producción Rodolfo Vargasy confirma en todos sus términos el Resolución N 143/24que tenía firme la sanción administrativa.

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