La Secretaría de Energía y la Secretaria de Bioeconomía resolvieron este viernes, en conjunto, oficializar el aumento de las indemnizaciones emergentes por daños y pérdidas en tierras secas producto de las actividades hidrocarburíferas en el Cuencas Cuyana y Neuquina.

Según el documento, “la Asociación Argentina de Propietarios y Superficiales Afectados por la Explotación Minera y Eléctrica de Hidrocarburos (AASEP) solicitó el 3 de julio de 2023 la actualización de los valores de compensación por servidumbres mineras, daños y gastos de control y vigilancia, respecto de las propiedades afectadas por las actividades hidrocarburíferas que se desarrollan en las Cuencas Cuyana y Neuquina, ubicadas en las Provincias de NEUQUN, MENDOZA, RO NEGRO, LA PAMPA, SAN JUAN y SAN LUIS y zonas aledañas.

Esto se debe a que en ambas cuencas se distinguen tierras de secano y tierras de “riego”; estos últimos deben ser considerados y sus propietarios compensados ​​a través de cuentas culturales, tal como se expresa en el decreto 861 de 1996.

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Esta legislación, que sustituyó a un decreto de 1993, explica que “Es necesario que el productor agrícola reciba una remuneración adecuada por la ocupación de su propiedad y los daños causados ​​a las explotaciones que en ella se desarrollen.

Eso sí, en 1993, por ejemplo, la inflación acumulada para todo el año fue del 2,01%, por lo que esta actualización sólo tardó tres años en modificarse. Los índices actuales obligan a ajustes con menos intervalos pero el objetivo es el mismo: conciliar la superposición de actividades agrícolas y petroleras.

Así, la Secretaría de Energía y la Secretaría de Bioeconomía resolvieron aumentar en distintos porcentajes dependiendo de la zona, si está más o menos afectada.

El aumento por Zona

-Zona A con 117,62% (incluye localidades de Río Negro, La Pampa y Neuquén.
-Zona B 104,72% (incluye las localidades de Río Negro, Neuquén y ).
-Zona C 44,96% (San Juan y Los).
-Zona D 44,38% (San Rafael, Malarge y General Alvear)

*En los departamentos de Mendoza se deben excluir las zonas de Precordillera que estén incluidas dentro de otra zona.

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