Conoce las claves para estar bien preparado a la hora de hacer la recategorización en el Monotributo 2023 y el paso a paso para hacerlo
El Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) tomó la decisión de extender hasta el jueves 27 de julio el plazo para realizar la recategorización del monotributo.
En un comunicado emitido por el organismo dirigido por Carlos Castagnetto se informó que “los periodos de recategorización se realizan en enero y julio y para evaluar si procede se debe tener en cuenta la actividad de los últimos 12 meses respecto a la facturación o cualquiera de los otros parámetros utilizados como la superficie afectada, las rentas devengadas anualmente o el consumo de energía eléctrica”.
El importe correspondiente a la nueva categoría se abonará al mes siguiente de la recategorización.
Finalmente, la dependencia señaló que “para realizar el trámite se debe ingresar a la página web de la AFIP con clave tributaria. De no hacerlo se entiende que no hubo cambios y se mantiene la misma categoría”.
Paso a paso, cómo cumplir con la recategorización en el Monotributo 2023
Para iniciar la recategorización en el Monotributo 2023 se deben seguir los siguientes pasos:
- Paso 1: El contribuyente debe ir al sitio web de la AFIP o descarga la APP “Mi Monotributo” a tu teléfono móvil
- Paso 2: ingresa tu CUIT y código tributario, ingresar a la opción Monotributo (Adhesión y/o registro al Monotributo, modificación de datos e ingreso de claves de confirmación)
- Paso 3: se mostrarán los datos AFIP tiene de ese usuario con fines informativos
- Paso 4: ingresa a la opción “recategorizarme“
- Paso 5: Luego te pide que ingreses el monto facturado de los últimos doce meses. Es importante que coloquen el monto de las facturas realizadas, independientemente de lo que se reciba. Allí el sistema te indicará si aplica o no algún cambio en tu categoría.
¿Qué pasa si mis ingresos suben o bajan?
Cada 6 meses se puede hacer la recategorización. El año se divide en 2 periodos de 6 meses cada uno.. Cuando finaliza cada período, puede hacer que su categoría cambie. Las fechas aproximadas para la recategorización son: 20 de enero y 20 de julio.
- Si sus ingresos aumentaron, debe actualizar y pagar una suma global mensual más alta
- Si sus ingresos han disminuido, debe bajar de categoría y pagar una suma global mensual más baja
- Si sus ingresos se mantuvieron, aún debe completar el proceso al final del período de mayo/agosto. En ese caso, deberás confirmar tu categoría.

escalas monotributo
¿Es obligatorio hacer la recategorización?
Es obligatorio cambiar de categoría si sus ingresos suben o bajan. Ten en cuenta que al final de cada uno de los períodos en que se divide el año, la AFIP te hará saber qué información tiene sobre tu situación.
Esta información le llegará a usted a través de los diferentes medios que el procedimiento llama Mi categoría:
- Alertas que llegarán a tu domicilio fiscal electrónico
- Información sobre su situación que estará a su disposición en la página web de la AFIP

Paso a paso
¿La AFIP puede hacer una recategorización automática?
Sí, la AFIP puede transferirte a otra categoría cuando sus gastos, compras o movimientos bancarios sean superiores a los ingresos que correspondan a la categoría en la que se encuentre inscrito.
¿Todos los monotributistas pagan lo mismo?
No. Hay 11 categorías diferentes según el nivel de ingresos.
¿Tengo que pagar un porcentaje de mis ingresos mensuales?
No. Todos los meses pagas lo mismo porque el Monotributo es una suma fija. La cantidad depende de tu categoría.
¿En qué categoría tengo que registrarme?
La categoría depende de la actividad que desarrolles. Si eres profesional depende de tus ingresos. Si eres comerciante depende de:
- Sus ingresos del año anterior
- La energía eléctrica que has consumido
- Si alquila, la cantidad de alquiler que paga
- Los metros cuadrados del inmueble que dedicas a tu actividad.
Actualmente, hay 4.781.614 monotributistas, de los cuales 2.894.352 pertenecen a la categoría A; 642.137 a B; 359.565 a C; 350.964 a D; 180.989 a E; 185.074 a F; 107.562 a G; 49.608 a H; 7.471 a I; 2.575 a la J; y 1.317 a la K.
- Monotributo categoría A pasará de $999.657,23 a $1.414.762,58
- Categoría B de $1.485.976,96 a $2.103.025,45
- Categoría C de $2.080.367,73 a $2.944.235,60
- Categoría D de $2.583.720,42 a $3.656.604,33;
- Categoría E de $3.042.435,05 a $4.305.799,15.
- Categoría F de $3.803.043,82 a $5.382.248,94
- Categoría G de $4.563.652,57 a $6.458.698,71
- Categoría H de $5.650.236,51 a $7.996.484,11.
- Categoría I de $6.323.918,55 a $8.949.911,06
- Categoría J de $7.247.514,92 a $10.257.028,68
- Categoría K de $8.040.721,19 a $11.379.612,01.